11-M


Opina El País: La sentencia sobre el ácido bórico entierra otra de las falacias conspirativas sobre el 11-M.

Opina El Mundo: La Policía Científica fue ‘inveraz’ para no vincular a ETA con el 11-M.

Opiniones, ya sabemos. ¿Pero, aparte de opinar lo contrario, hay alguna diferencia entre ambas posturas? Pués sí, la hay. El País solo ofrece su opinión. El Mundo ofrece, además, la sentencia. Para que la vea quien quiera. Y en la portada misma de la edición digital. Sentencia. El País no tiene interés en que sus lectores tengan acceso al documento, con lo fácil que es. Será que no quiere que piensen. He ahí la diferencia.

Por cierto, ¿nadie se acuerda ya de Garzón, que quería imputar a los peritos, y les presionaba con interrogatorios tremendos y de madrugada? Y que se negaba a soltar un caso que no le correspondía. ¿Pueden los jueces tratar a alguien como un criminal, sin necesidad de justificarlo? ¿Basta con que el gobierno esté de acuerdo? ¿Donde está la justificación del gran Garzón?

En España empezará a haber justicia, y democracia real, cuando los jueces tengan un control ajeno al gobierno.

El juicio ya pasó y todos estamos tan tranquilos ¿Hay condenados, no? Con tropecientos mil años de cárcel. Pues ya está.

-¿Ya está?

Veamos. Hay un condenado, repito: uno, como autor de la masacre. Trece bombas, un condenado. Jamal Zougam. Ese técnico de teléfonos móviles que dejó en una de las bombas una trajeta SIM innecesaria para que la bomba funcionara, y que había vendido él mismo, lo que garantizaba su detención en caso de que la encontraran. Ese despreocupado terrorista que después de saber que habían encontrado su bomba con su tarjeta, se quedó tranquilamete durmiendo esperando a que llegara la policía a capturarle. Porque le va la marcha. Es un “sospechoso habitual” desde hace años. Cada vez que hay una movida islamista, le detienen y le interrogan; incluso le imputan. Y como le va la marcha, se quedó esperando, a pesar de saber que la bomba no estallada le apuntaba a el directamente. Bien, ya tenemos uno. ¿Uno y quien más?

-Pues hombre, los suicidas de Leganés, ¿no?

No parece. Porque en el piso de Leganés había los siete suicidas, y otro más que bajó a tirar la basura y se las piró al ver la movida policial. Se las piró, sí, sin más. Bouchar. Pero aparte de largarse, por pura chiripa, era igual que cualquiera de los otros siete. Igual respecto al 11-M. Sus huellas estaban en el piso de Leganés y en el chamizo de Morata de Tajuña. Estaba tan relacionado con los demás, como los demás entre sí. Y ahora la fiscalía dice que no hay la menor prueba de que Bouchar, el vivo, tuviera participación en los atentados. ¿Y los muertos? Pues si el razonamiento vale para el vivo, lo mismo valdrá para los muertos.

Lo cuenta muy bien Luis del Pino en Libertad Digital –>:

Recordemos que una de las contradicciones más flagrantes, y más criticadas, de la sentencia del 11-M es que dice que los siete presuntos islamistas que aparecieron muertos en Leganés pusieron las bombas de los trenes, sin proporcionar ningún tipo de argumento que justifique semejante afirmación. Al mismo tiempo, esa sentencia del 11-M exonera de la colocación de las bombas de los trenes al octavo habitante de ese piso de Leganés, Abdelmahid Bouchar, que escapó a la carrera, según nos dicen, de aquel piso, eludiendo el cerco policial.

Ante esa contradicción, varias acusaciones recurrieron, argumentando que, si los habitantes del piso de Leganés fueron los que colocaron las bombas, entonces Abdelmahid Bouchar debería ser condenado como autor material, porque también estaba en ese piso. A este argumento, la Fiscalía contesta (ahora) lo siguiente:

“Así, no es sólo que no sea reconocido por una testigo en el lugar de los hechos, sino que tampoco existen pruebas convincentes de que BOUCHAR realizara actos objetivos de ejecución de dichos atentados para considerarlo coautor, dado que la mera presencia de huellas genéticas y dactilares en la finca de Chinchón, así como su condición de habitante del piso de Leganés y su relación con los otros coautores, no acredita esta participación, sino su pertenencia a grupo yihadista y tenencia de explosivos, por los que ha ya ha sido condenado.”

En otras palabras: que no se puede condenar a Abdelmahid Bouchar como colocador de las bombas de los trenes, porque no hay nadie que le haya reconocido en esos trenes, ni tampoco hay ningún otro indicio que permita afirmar que colocó las bombas.

Pero entonces, aplicando el mismo razonamiento, tampoco podemos afirmar que los siete muertos de Leganés colocaran las bombas, porque tampoco hay nadie que los viera en los trenes ni existe ningún otro indicio de que ellos las pusieran.

En ese caso, ¿sería alguien tan amable de decirnos quién colocó las bombas que mataron a 192 personas?

Y como resulta que los que antaño consideraba la fiscalía como inductores y autores intelectuales, Mohamed El Egipcio, a Hassan El Haski y Yousef Belhadj, ahora dice que no tienen relación con el 11-M, aunque por lo demás son malísimos, nos hemos quedado con solo Zougam para todo el atentado. Y eso si nos creemos la película de Zougam.

Pero todos tranquilos, que ya sabemos todo lo que hay que saber del 11-M

todo se sabe¿Ya está todo claro, no? ¡Caso cerrado!
En un grupo terrorista, hay dos elementos clave, lo que la poli siempre quiere detener principalmente: Los cerebros, y los artificieros.

La carne de cañon es muy fácil de renovar. Se puede perder, y con facilidad se repone para poder volver a la actividad. Pero unos organizadores expertos y competentes, y los que saben diseñar y montar las bombas, no. Si detienes a esos, has desactivado el grupo por bastante tiempo. Pero si no, no.

11-M. Caso resuelto. Sin cerebros y sin artificieros. Cojonudo.

Ahora resulta que la poli le dice a del Olmo, ese que si no va del ronzal de la policía, no va, que hay un terrorista detenido en Marruecos, “Hassán el químico”, detenido por montar las bombas de los atentados de Casablanca, que resulta que estuvo un tiempo en Valencia. Y resulta que algunos de los del piso de Leganés también estuvo viviendo en Valencia. Así que hay que interrogarle por si suena la flauta y fuera él el que montó las bombas del 11-M. Nadie de los supuestos de 11-M ha confesado nada de nada, pero, ¿y si esta vez suena la flauta, eh?
11-M. Caso resuelto. Estilo Al Qaeda. Sin terroristas suicidas (a pesar de lo que dijeran en su momento ZoPenco y la SER), con socios cristianos, y una banda de hampones y confidentes policiales. O sea, con todo lo contrario de las normas y costumbres de Al Qaeda. Caso resuelto, faltaría más.

Completamos posteriormente el vídeo con sus palabras, porque no se entienden. Resulta que a Isabel San Sebastián, ¡lesa secta!, no se le ocurrió nada mejor que defender el derecho a la discrepancia, en primer lugar de los periodistas de la COPE que están sufriendo una feroz campaña desde el zapaterío, y después el derecho a discrepar de los únicos dos no ZoPenquistas que había en el programa, la San Sebastián, y Sentís.

¡Que más decir! ¡Horror ! ¡Como si todos tuviéramos los mismos derechos! Furibundo, al parecer, Calleja largó por su boquita de talante y amor universal que San Sebastián “defendía a la derecha golpista”, y que “engordaba” a ETA.

Una cosa es que los ZoPenquistas tengan complejo de la infamia cometida en los infaustos día de marzo, y se exciten y pongan agresivos para que nos olvidemos de como abrieron la caja de pandora al aprovechar un atentado para alcanzar el poder, y otra es que pretendan reeditar el ambiente de cara a las nuevas elecciones. Calleja, por impulsivo que sea, tiene tablas como para saber lo que hace. Y por eso este show suyo tiene toda la pinta de que estamos en los primeros compases de una campaña perfectamente organizada.

La cosa va así. Memoria histórica >> derecha golpista || Guerra de Irak >> 11-M >> derecha golpista = la oposición no es democrática y no tiene legitimidad para gobernar.

Sencillo. Brillante. Ahora todo depende de la subnormalidad del personal.

Gabilondo, ayer, en el Nueva Economía Forum:

Preguntado por informaciones que dio su programa en la mañana de los atentados que apuntaban a supuestos terroristas suicidas implicados, Gabilondo dijo que la información venía avalada por una fuente solvente y fue transmitida por una redactora del programa con una trayectoria avalada, y no por él mismo, a pesar de lo cual ha pedido disculpas. “Yo no era consciente en que dos días después venían unas elecciones, ni nadie. Bueno, sí, había algunos que sí lo sabían pero no estaban en la Ser“, apuntó. [--->>]

Por la boca muere el pez. Gabilondo, el 11 de Marzo de 2004, a partir de las 9 horas 11 minutos 20 segundos, y en menos de un minuto dijo todo esto:

Al estar produciendose esto a dos días de una elecciones, y al estar produciéndose esto porque dentro de dos días hay unas elecciones, es muy importante saber qué medida da el pueblo español a esta situación.

¿Podría tener la tentación de inhibirse …? Debería no hacerlo.

Es como lo de Hipercor, pero a tres días de unas elecciones.

… puesto que ha sido producido a unos días de unas elecciones, y con esa intención, tenemos que calibrar muy bien …

Fuente*: Fonoteca de la ser. Para escuchar —>> || Para descargarar —>>
Pues parece que esos que sí sabían que venían unas elecciones, estaban en la SER, ¿eh, Gabilondo? ¿Estamos mintiendo un poquito, o se lo vamos a endilgar al Alzheimer?

(*): Descubierto por achiperr, en el blog de Luis del Pino:

Enviado por achiperr el día 6 de Noviembre de 2007 a las 20:26 (#185)

Sin pretender ser exhaustivo, que resultaría todavía más coñazo, añadimos algún detalle de la famosa sentencia. Tampoco es que sea lo mejor, solo pretende “mostrar el ambiente”. Esta vez un post de Belga197, el que descubrió lo de la nitroglicerina de Sánchez Manzano, que acabó llevando a pedir análisis de los explosivos y a demostrar la mala pinta que tiene todo, para resultar en nulas consecuencias jurídicas, como esta sentencia. En el blog de Luis del Pino, por supuesto.

Lo cierto es que la sentencia está llena de cosas como la que vamos a mostrar. Tal vez sea lo normal, pero no suena muy normal.

Belga 197 en el blog de Luis del Pino:

Vamos a ver, que el tribunal no ha estado muy atento a la hora de tomar notas. Dicen en la pag. 525 de la sentencia, en relación a la declaración del inspector 17.054 sobre las fotografías en Parque Azorín:

…Añadió que vio una luz y que el comisario general le pidió el carrete. Posteriormente preguntó por las fotografías en su brigada y le dijeron que no existían.

Desde luego, este episodio, en contra de lo apuntado por algunas defensas, no tiene relevancia alguna tanto porque el propio testigo no sabe si se hizo una fotografía -una sólo, en singular- cuanto porque la luz que ve -una sola vez- puede perfectamente ser la desprendida al hacer la segunda radiografía.

No me meto con lo de los rayos X no vaya a ser que les den el premio Nobel de Física a los excelentísimos magistrados. (Nota: Se refiere a que las radiografías -rayosX- no desprenden “luz”, ni nada que sea visible) Pero veamos lo que declaró el inspector 17.054 en la vista:

…y le damos la cámara al artificiero, el cual se aleja…vemos como hay destellos de flash, vemos como se producen esas fotografías…

No sé de dónde se sacan que solo se vió un destello y solo se hizo una foto. Por otra parte hay que destacar el nulo interés por enterarse de qué pasó con ese carrete y la negativa a que se fotografiasen los restos del artefacto desactivado. Y que este inspector no vió ninguna bolsa de deportes en Parque Azorín.

¡Toma hechos probados! Y no es un episodio menor. Se trata de fotografías que se hicieron, según un policía de Policía Científica, a la mochila de Bermúdez, justo antes de su desactivación. Es algo que podría arrojar alguna luz sobre ese extraño artefacto. Luego resultó que las fotografías “no están”, no hay, no existen. Y esta es la forma con la que Bermúdez resuelve ese asunto. Sacado de la sentencia y de las declaraciones en la vista oral por Belga197.

Maximilano Correal:

“A este Luis del Pino lo dejaría con Pedro en una habitación donde no existiera Estado de Derecho”

Este fulano, el de la “habitación sin estado de derecho”, se llama Maximiliano Correal y es el portavoz del Sindicato Unificado de Policía. Un policía que añora una “habitación sin estado de derecho”, para arreglar sus problemas. ¡Brava policía!

Ahora dicen en el SUP que tienen “munición suficiente” contra los periodistas Losantos, Del Pino y Múgica, y contra Ignacio Astarloa y Jaime Ignacio del Burgo. “Munición suficiente” quiere decir (entendemos) motivos legales suficientes, en su opinión, para una demanda.

Estupendo. Están en su derecho. Derecho, ¿entiendes, Correal? Pero mientras se dedican a sus derechos, ¿sería demasiado pedir a estos señores del sindicato policial que usaran en la medida de lo posible un lenguaje menos facineroso y chuleso? Comprendemos que el trato profesional con el hampa puede resultar contagioso. Pero precisamente por eso, convendría marcar bien las diferencias.

En todo caso somos los primeros en congratularnos del gran paso que supone l idea de dirimir las diferencias en los tribunales a cambio de las “habitaciones sin estado de derecho”.

Se intuía, tras el primer vistazo, que esa sentencia iba a traer cola. Y lo que te rondaré. Por el olor a pastel, y todo eso. Y efectivamente, ha salido una obra de arte … político. Un poco para cada cual, y estopa para los revoltosos. No está nada mal. Por pura casualidad, por supuesto. La mejor explicación, la sutileza dominical de Pedro J.:

Han tenido la suerte, eso sí -suele ocurrirles a esas personas agraciadas a la vez con los dones de la sabiduría y la prudencia- de que su conciencia haya coincidido tan oportunamente con su conveniencia, teniendo en cuenta las posiciones enfrentadas en la sociedad española y lo que el 11-M representó para el proceso democrático.

Por supuesto cuentan con la ventaja con la que siempre ha contado la versión oficial. Que quien se quiera enterar tiene que hacer el pequeño esfuerzo de leer una documentación inevitablemente extensa. Y eso siempre será una pequeña minoría.

El sábado vimos [—>>] como los “hechos probados” de la sentencia, o al menos algunos de entre los más relevantes, están probados por un procedimiento mágico, del tipo de -nada por aquí, nada por allí, ¡hops!, he aquí un “hecho probado”.

Hoy hemos elegido un artículo de Philidor, en forma de serie de posts en el blog deLuis del Pino en Libertad Digital. Donde nos muestra, tirando de sentencia y de declaraciones en la vista oral, el encaje de bolillos por el que una mochila-mochila, mochila indudable, vista en un andén de la estación de el Pozo, pasa en la sentencia a ser una “bolsa o mochila”, para finalmente ¡oh, albricias! acabar identificada con la llamada “mochila de Vallecas”, que como todo el mundo sabe era una bolsa-bolsa, una bolsa indudable sin la menor confusión posible con una mochila. Y esto se consigue, según Philidor, por el sistema de hacer que las declaraciones en la vista oral digan en la sentencia lo que en la vista oral no dijeron.

Ahora sabemos por qué le llamaron “mochila” de Vallecas a una bolsa. Bueno, ya lo sabíamos, por eso le llamábamos la “bolchila”. Lo que ahora sabemos es lo que vale un peine.

¿Tiene razón Philidor? Pues no queda más remedio, para el que se sienta responsable y quiera saber, que leer, enterarse, y juzgar por sí mismo. En dos partes: La mochila de Bermúdez, y La mochila de Bermúdez y Cía.

También Luis del Pino en Libertad Digital nos cuenta que

El tribunal afirma que las bolsas de la Kangoo y de Vallecas son iguales, en contra de los informes periciales

La operación que hace el tribunal con la cadena de custodia y la falsedad/no falsedad de la famosa bolchila también es de órdago. Podemos señalar un artículo del abogado Santaella ayer en El Mundo, un poco abstruso [—>>], pero este es un asunto que dará más que hablar.

Y mientras tanto, seguimos viendo con estupor como funciona de bien el mecanismo de los prejuicios. Fernando Savater, con gran oportunidad, declaró ayer en Méjico, según vemos en Libertad Digital:

Seguir investigando la trama del 11-M no va a conducir a ningún dato más relevante de los que se conocen ya ni a hallar ningún inspirador“. El filósofo Fernando Savater y fundador del nuevo partido UPyD ha tomado partido en el debate sobre la sentencia del 11-M del lado de los que dan la investigación por zanjada. Al igual que han venido diciendo el Gobierno y los socialistas, Savater cree que seguir indagando no llevará a conocer a los “inspiradores” de la masacre. Tras situar la responsabilidad de los atentados en lo que los condenados “creen que es la voz de Alá”, ha sentenciado que “no hay conspiración” ni “intervención de ETA”. [—>>]

Grande Savater. Y sin duda es capaz de llegar a esa conclusión sin necesidad de echar un ojo a la sentencia. No necesita informarse, ni juzgar, para saber. Y así que puede alegremente prescindir de este, al parecer anecdótico, detalle de la sentencia:

« … y una octava persona que no ha sido identificada, junto con otras que se dirán, en la mañana del día 11 de marzo de 2004 colocaron, en cuatro trenes de la red de cercanías de Madrid, 13 artilugios explosivos».

¿Ya ni siquiera hace falta que busquemos a los autores que queda por identificar? Pues vale, muy cómodo. Es la función de los prejuicios; hacer la vida más cómoda.

¿Por cierto, se habrá enterado Savater de que hemos pasado de 120 detenidos a 28 acusados, y después a solo tres condenados por el 11-M? ¿Y que de estos tres “islamistas”, que según él tienen hilo directo con Alá, uno es asturiano, otro un lumpen-drogata, y el tercero es ese extraño sujeto que después de los atentados se comportó exactamente igual que si no supiera que él era autor de los atentados? También suponemos que no le preocupa el hecho de que la fiscalía, que ha visto las penas que pedía reducidas a menos de un 40%, y que ha perdido la condena de los que tres que denominaba como organizadores-inductores del atentado, no vaya a recurrir.

Muy interesante que Savater crea fuera de lugar “la idea de suponer que hay un señor metido en una cabina dando órdenes por teléfono”. Pero que nadie piense que le está quitando la razón a algún idiota e irracional conspiranóico, sino a la fiscalía, es decir, al gobierno. Sacamos de El Mundo, García Abadillo hoy, [El tribunal desbarata la tesis clave de la versión oficial] citas del escrito de conclusiones de la fiscalía:

(p. 14) «Tras las manifestaciones hechas por Osama Ben Laden, en el mensaje que se emitió el día 18 de octubre de 2003 en la cadena de televisión Al Yazira en la que situó a España, entre otros países occidentales, como objetivos en los que atentar, se puso en marcha la actividad de planificación y ejecución del atentado, fijándose la fecha y comenzándose a preparar la logística e infraestructura necesaria para su realización»

(p. 16): «Es, pues, en el año 2003 cuando, siguiendo las directrices ideológicas del grupo terrorista Al Qaeda, Sarhane Ben Abdelmajid Faked, alias El Tunecino, en unión de los procesados Rabei Osman El Sayed Ahmed, alias Mohamed El Egipcio, Youssef Belhadj (responsable del Ala Militar de Al Ansar de Al Qaeda en Europa), alias Abu Dujan El Afgani, y Hassan El Haski, alias Abu Hamza, máximo responsable del Grupo Islámico Combatiente Marroquí en España, en respuesta a las detenciones que a partir de noviembre de 2001 se estaban produciendo contra miembros de la comunidad musulmana y de la posición del Gobierno de España en la guerra de Irak, comenzaron a planear la forma de cometer atentados en suelo español, con la intención de que tuvieran gran repercusión internacional, amparándose siempre en el hecho de que la lucha se producía contra un Estado que apoyaba la coalición en la invasión y Guerra de Irak por los EEUU de América, y decidieron realizar una acción de carácter terrorista para dar muerte al mayor número posible de personas en la capital de España».

(p. 22): «En el mes de octubre de 2003, Youssef Belhadj transmitió al grupo de Madrid, ciudad que había visitado en varias ocasiones y donde contactaba con personas pertenecientes al grupo antes referido, la fecha elegida para la ejecución de la acción terrorista para la que venían preparándose».

Más adelante, afirma: «En el mes de febrero de 2004, el procesado Youssef Belhadj viajó también a España para reunirse igualmente con los integrantes de la célula terrorista e impartir las últimas instrucciones relacionadas con el atentado que se iba a cometer, permaneciendo en nuestro país hasta pocos días antes de su ejecución»

Pues eso, que mejor les hubiera explicado Savater a los fiscales la cosa esa de que los teléfonos están fuera de lugar, y lo de “la voz de Alá”, y tal vez hubieran metido menos la pata con lo de la “celula ligada directamente a Al Qaeda”, cosa que la sentencia descarta completamente. Lástima. Pero para eso hubiera sido necesario parir la brillante tesis antes de la sentencia, y no después.

 

Continuación de la serie de Philidor en el blog de Luis del Pino. La primera parte era La mochila de Bermúdez.

 

La mochila de Bermúdez y cia, 1/11

Ya estamos de vuelta. Es, sencillamente, asombroso el nivel y la profundidad que ha alcanzado el blog en todo tipo de asuntos y materias: investigación, pensamiento, crítica política y sociológica, historia, islamismo, y cualquier cosa que se le ponga entre manos. Todo informado por un espíritu de amor a la Verdad y a la Libertad, por ese espíritu de insumisión que ha hecho avanzar al mundo libre en una lucha perpetua contra el mal y la opresión.

Mucho me gustaría poder participar en esos foros a los que me siento inclinado de manera natural, pero la falta de tiempo, por imperativos familiares y profesionales, me obligan a concentrarme en lo que considero ahora más importante, en ayudar a desvelar, descubrir y resaltar las contradicciones y mentiras del mayor atentado de nuestra historia, para que los autores intelectuales y materiales del golpe de Estado contra la nación española, nuestros perseguidores, acaben donde tienen que acabar: entre rejas, o señalados y estigmatizados de por vida como lo que son: La Hez de la Tierra.

Como todos vosotros, a ello me pongo.

1.- Mochila de Bermúdez y cia

Sigo con el asunto de la mochila de Bermúdez, que hoy tiene una coletilla, “y cia”, para que los otros dos magistrados no se vayan de rositas. Antes que nada, agradezco a AuroraRo, Psyco y Pravda sus generosos comentarios.

Adjunto la anterior serie para los que estén interesados en el tema y no la hayan leído:
http://www.libertaddigital.com/bitacora/enigmas11m…

Enviado por Philidor el día 4 de Noviembre de 2007 a las 20:41 (#84)

 

 

 

La mochila de Bermúdez y cia, 2/11

Decía en esa serie que la Sentencia, cuando hablaba de que al lado de la mochila de Barrero había otra “bolsa” cerrada, como si fuera la de Vallecas, se debería referir a la que dijo ver el motorista P.N. 83.322 nada más entrar en la estación, cuando todavía Barrero no había hablado con él para entrar en el vagón nº 3 y no había sacado, por tanto, la mochila explosionada posteriormente, lo cual hace el relato del 83.322 o falso, o contradictorio con el de Barrero, esto es, una declaración inválida o irrelevante para la causa.

Pues bien, la Sentencia sí habla (se me pasó) del 83.322, y lo hace cuando expone el cúmulo de razones por las que la mochila de Vallecas es idéntica a la del Pozo y a la de Atocha explosionadas, que comentaremos con más extensión. Así dice el Tribunal:

“ El policía número 83.322, que vio junto a la mochila tipo macuto, abierta, en el andén de El Pozo frente al vagón número 3, otra bolsa a unos 10 metros. Esta segunda cerrada. El hecho se comunicó, sin que se sepa el destino de esa segunda bolsa cerrada”

Pues bien, como hemos demostrado en el anterior serie, el 83.322 describió con pelos y señales una mochila, a la que nombró con esas palabras, y la distinguió de las bolsas. Y si lo que describió es una mochila “con tapa”, el Tribunal no puede decir que eso un bolsa. Y sin embargo lo hace, esto es, la Sentencia expone que el P.N. 83.322 dijo lo que no dijo. ¿Cómo se le llama a esto?

El interesantísimo artículo de Santaella [--->>](gran noticia que esta bestia negra del felipismo se incorpore a la causa, porque daba muestras de conocerse muy bien el asunto: ¿será un aviso de PJ de que ya tiene quién le defienda cara a la nueva batalla que se avecina?) se hace eco, precisamente, de este asunto, cuando pone en duda, en los dos memorables antepenúltimos párrafos, la autenticidad de la mochila de Vallecas como pieza de convicción en origen.

Enviado por Philidor el día 4 de Noviembre de 2007 a las 20:45 (#85)

 

La mochila de Bermúdez y cia, 3/11

Santaella: “La sentencia que comentamos en este aspecto resuelve el problema otorgando plena eficacia a la prueba a la que considera auténtica y válida pero lo hace, además, otorgándole carácter de pieza de convicción original (los subrayados son míos), al establecer que la encontrada en la Comisaría de Puente de Vallecas el día 12 de Marzo a las 1:30 horas, es la misma bolsa que alguien innominado dijo ver, completamente cerrada en un andén de la estación del Pozo…. [el art. entero --->>]

Pues bien, el “innominado” de Santaella es el 83.322, y no vio ninguna bolsa, sino UNA MOCHILA. Una mochila, además, vista en unas circunstancias (junto a la mochila del vagón nº 3, antes de que Jacobo Barrero la descubriera) que, sin necesidad de recabar las declaraciones de los Tedax 65.255 y 54.864, que no la vieron por ningún lado, aunque el 83.322 dice que se lo comunicó, como refleja la Sentencia: “. El hecho se comunicó, sin que se sepa el destino de esa segunda bolsa cerrada”, invalida totalmente su testimonio a efectos procesales. Por tanto la pieza de convicción se cae por su propio peso, dejándonos, por ende, un poso de desconfianza en el Tribunal, que no tiene el menor empacho en afirmar que no tiene duda razonable alguna sobre la autenticidad de la bolsa de deportes conteniendo un artilugio explosivo, que fue desactivada en la madrugada del día 12 de marzo en el parque Azorín de Madrid, ni de su procedencia: la estación de El Pozo”.

2.- Identidad de las tres bolsas, o mochilas

Pero aquí no queda la cosa, como apuntaba por encima Santaella, y hoy, para gran alegría de todos nosotros y Casimiro García Abadillo, (¿habrá sido la levedad/inanidad de El Mundo pre-sentencia una jugada maestra, previendo el sesgo final de la misma, dejar que se pronunciara el Tribunal para que se ahorcara en sus propios dicterios, y arremeter de lleno contra toda la farsa?).

Enviado por Philidor el día 4 de Noviembre de 2007 a las 20:48 (#87)

 

 

 

La mochila de Bermúdez y cia, 4/11

Apuntaban Santaella y CGA que la afirmación de que la mochila de Vallecas, la del Pozo y la de Atocha son iguales no es correcta porque en Atocha no se encontró ningún teléfono.

Pero conviene que auscultemos al Tribunal, y lo confrontemos con los hechos, con los hechos desnudos, no con los hechos retorcidos, de los que tan gran maestros han demostrado que son. Dice el Tribunal:

“Este artilugio explosivo (se refiere a Vallecas) era en su concepción, composición y estructura igual a los hallados en el primer vagón del tren de Atocha y en el vagón número 3 del tren de El Pozo que explosionaron ambos al intentar los técnicos desactivarlos….”
“…En cuanto a la realidad y validez de la prueba así como a su relación directa con los atentados, la convicción del Tribunal se basa en múltiples hechos plenamente acreditados que, conforme a las reglas de la lógica y la experiencia conducen a esa conclusión.
En resumen: Los artefactos explosivos desactivados en el parque Azorín y los neutralizados en El Pozo y Atocha son iguales.”
“…Así se extrae de la declaración de seis testigos diferentes”
.

De los testigos que cita, cuatro son testigos del Pozo: Los Tedax 65.255 y 54.868, el motorista 83.322 y Jacobo Barrero (7801-3). Pero aquí llega lo interesante, los dos de Atocha:

“ Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía con números 66.478 y 28.296, que describen el artefacto desactivado también en la mañana del día 11 de marzo de 2004 en la estación de Atocha que resulta ser idéntico al que había en la bolsa desactivada en el parque Azorín y al neutralizado en la propia estación de El Pozo (véase FJ 3.2.1.)”.

Pues bien, esta afirmación no es cierta porque ninguno de los dos vieron ningún teléfono. Para empezar el nº 66.478, operador nº 1 que “desactivó” (¿o explosionó a conciencia?) el artefacto:

Enviado por Philidor el día 4 de Noviembre de 2007 a las 20:51 (#88)

 

 

 

La mochila de Bermúdez y cia, 5/11

66.478: “Cuando estaba procediendo a ponerme el traje de desactivación para proceder a la desactivación, efectivamente recibimos una llamada… eh… del Pozo. Que nos comunicaba que efectivamente habían, habían visualizado en el interior de, vamos, de un macuto y que contenía un teléfono y unos cables y una masa explosiva, pues similar a que, a la que yo había visualizado”. Nada de teléfonos en su mochila.

El 28.296, El jefe de los Tedax de la BPI, Cáceres Vadillo no es un testigo directo, es un testigo de referencia:

MF: Y además de esta bolsa azul de basura en el que se transparentaba un continente, perdón un contenido eeeh blancuzco ¿había algo más?.
28.296: No, no, ellos no me comentaron nada más.

Cáceres Vadillo: “…luego teníamos una localizada en el andén de la estación de el Pozo, que eso sí, esos dos Tedax que estaban trabajando allí, si eran de mi unidad y a los que sí pedí que mirasen el color del explosivo y rompieron la bolsa, y vieron el color del explosivo, fueron los que me dijeron que había un teléfono en la parte superior, boca abajo.

El Tedax 27.600 que auxilió al 66.478, al que no cita convenientemente el Tribunal, que fue el que, además, metió la mano en la mochila y tocó a través de la bolsa azul el explosivo que describió como plastelina, es aún más explícito:

ABASCAL: ¿Llegó usted a ver el teléfono dentro de la mochila?
TEDAX 27600: No.

La única persona que dijo en el Juicio que los tres explosivos eran iguales fue el Tedax Pedro, cuando es informado de la existencia de la mochila en Vallecas y del teléfono:

Enviado por Philidor el día 4 de Noviembre de 2007 a las 20:53 (#89)

 

 

 

La mochila de Bermúdez y cia, 6/10

Tedax Pedro:“ Sí. Yo le dije al jefe de sala, que llamara a Vallecas, a la comisaría, y que procediera al desalojo de la misma, puesto que la configuración de esos elementos que acabo de mencionar (se refiere al artefacto con teléfono) coincidía con la de las dos bombas que aparecieron en la mañana del día anterior en la estación de Atocha y en la estación del Pozo y en consecuencia pues eraaa la probabilidad era muy alta de que fuera un artefacto explosivo como así fue después.

Pero esta manifestación es totalmente irrelevante porque el Tedax Pedro no estuvo en Atocha sino en Téllez.

Nos encontramos, por tanto, de nuevo, con que el Tribunal ha puesto en boca de unos testigos algo que ellos no dijeron. Algo que comienza a parecer endémico.

3.- Preguntas al Tribunal

De todo lo expuesto, desde luego, lo que me parece más importante es la mochila cerrada del motorista 83.322. El Tribunal debería aclarar los siguientes puntos:

¿La “bolsa” que dijeron Uds. que fue colocada en el vagón 2º del Pozo, después encontrada en Vallecas y desactivada en Parque Azorín?¿Es la misma que la mochila cerrada que dijo ver el motorista 83.322 en el andén del Pozo?

Si la respuesta es positiva, por todos los argumentos que hemos dado (no es bolsa es mochila; no se pudo ver al mismo tiempo de la mochila del nº 3, antes de descubrirla Barrero; nadie más la vio, aunque, teóricamente, fueron avisados…) tenemos que decir que la mochila de Vallecas, en origen, es una prueba nula.

Si la respuesta es negativa, ¿nos pueden explicar, entonces, quién vio la mochila, y la sacó, del vagón nº 2, quién la vio en el la estación del Pozo, por qué no tienen Uds. “ninguna duda razonable sobre la procedencia de la mochila”?

Enviado por Philidor el día 4 de Noviembre de 2007 a las 20:56 (#90)

 

La mochila de Bermúdez y cia, 7/10

4.- Efectos colaterales: la mochila y los bolsones

Hay otro aspecto más relacionado con la mochila, que me ha llamado mucho la atención, en la que sus Señorías me temo que se han dejado de llevar de nuevo por el mal endémico que ya hemos detectado. Me refiero al asunto del descubrimiento de la mochila en la Comisaría, cuando vaciaban los bolsones, inventariaban los efectos y volvían a guardarlos en nuevos bolsones, una vez inventariados. Dice la Sentencia:

“Su compañero, el número 79.046 reiteró lo dicho por la anterior, siendo más explícito en cuanto al contenido de la bolsa de deportes, pues aclaró que se acercó a verla y observó que salían del teléfono dos cables de color rojo y azul que iban a una bolsa de basura que tenía un papel con el número 5 escrito y que a su compañera le llamó la atención porque estaban acabando una de las bolsas donde metían lo ya inventariado y numeraban y para evitar que se rompiera cogieron al peso la de deportes -que era el último objeto del bolsón procedente de El Pozo- y como pesaba bastante decidieron meterlo en otra nueva”.

¿Qué es lo que dice el 79.046 en el Juicio?. Esto:

79.046: “Sí, porque a mi compañera le llamó la atención…estábamos….eh…le cuento como fue….estábamos confeccionando una de las bolsas y estaba eh….ya bastante llena y al ir a…a hacer el inventario de esta bolsa, mi compañera dio….mi compañera me dijo: mira, esta bolsa pesa. Y para evitar el que se rompiese la bolsa sería la siguiente…la primera de la siguiente bolsa que fuésemos a…a relacionar. Con lo cual si tuve la…la ocasión de cogerla.

A continuación, Abascal, con su sagacidad y conocimiento del Sumario acostumbrado le hizo la pregunta pertinente:

Enviado por Philidor el día 4 de Noviembre de 2007 a las 20:58 (#91)

 

SITÚA LA RESPONSABILIDAD DE LOS ATENTADOS EN “LA VOZ DE ALÁ”

Savater rechaza seguir investigando el 11-M porque está todo “suficientemente claro”

El filósofo Fernando Savater y fundador del nuevo partido UPyD ha tomado partido en el debate sobre la sentencia del 11-M del lado de los que dan la investigación por zanjada. Al igual que han venido diciendo el Gobierno y los socialistas, Savater cree que seguir indagando no llevará a conocer a los “inspiradores” de la masacre. Tras situar la responsabilidad de los atentados en lo que los condenados “creen que es la voz de Alá”, ha sentenciado que “no hay conspiración” ni “intervención de ETA”.

Otro experto, como Bermudez, en hacer coincidir su conciencia con su conveniencia.

http://www.libertaddigital.com/noticias/noticia_12…

Enviado por Psyco el día 4 de Noviembre de 2007 a las 20:59 (#92)

 

 

 

La mochila de Bermúdez y cia, 8/10

Abascal: “Vamos a ver, en….en el momento de sacar las bolsas o los efectos de las…de las bolsas grandes que llegan….que estaban allí a la habitación aquella, sabe si la bolsa que contenía el artefacto explosivo, fue la última en ser sacada de la bolsa grande?”
79.046: “No lo recuerdo”.

Si no lo recuerda, ¿cómo puede decir el Tribunal: “que era el último objeto del bolsón procedente de El Pozo”, en un caso más de ingeniería post-sumarial?

La respuesta no la tenemos en el Juicio Oral, donde no creo que haya ningún testimonio que avale este aserto, sino en el Sumario. Concretamente en las declaración escrita ante el Juez del Olmo (¿en 2006?) del Inspector jefe segundo de Puente de Vallecas, nº 16.132, Miguel Angel Alvarez, que no compareció, incomprensiblemente, en el Juicio oral. En esa declaración, M.A. Alvarez se constituye a sí mismo como el único testigo que vio la mochila de Vallecas antes de ser cargada en los bolsones de las dos furgonetas Combi que iniciaron el “extravagante periplo”. Esa declaración ya la comenté en otro lugar y me pareció de todo punto inverosímil, como un intento tardío de apuntalar la V.O. (¿cómo pudo dejar de revisar una mochila que le llamó la atención por lo pesada que era?). Esto es lo que declara:

Enviado por Philidor el día 4 de Noviembre de 2007 a las 21:01 (#93)

 

Alvarosa,

Entiendo lo que quieres decir. Pero yo no intentoo competir con un magistrado presidente la Sala de lo Penal de la AN en cuestión de derecho, materia en la que soy un ignorante. Lo normal es que él tenga razón y yo esté equivocado. Eso sí, por lo menos puedo quejarme de que no se argumente suficientemente y con la coherencia exigible.

Creo que es en las cuestiones de menor trascendencia donde es más grave el mal funcionamiento del sistema. Los casos de mayor repercusión social, son también los más sometidos a debate público y por lo tanto hay mayores garantías (o al menos hay más posibilidades de que existan garnatías). Lo que el ojo no ve….

Respecto a lo que dices de la Kangoo. Todos entendemos eso. Pero sigue leyendo, porque textualmente dice que lo que se da por probado es que tres personas se bajaron de la Kangoo y una de ellas, que llevaba una mochila, se dirigió a la Estación de Alcalá. Resulta bastante chocante porque:

- No se dice que tres de los terorristas se desplazaron a Alcalá en la Kangoo, donde incluso se pudieron acabar de montar las bombas.

- No se dice que la persona que bajó de la Kangoo con una mochila fuese uno de los terroristas que colocó una bomba en los trenes.

Pero es que la coherencia y la lógica llevan a pensar eso a partir de lo que se escribe ne la sentencia. Entonces, si todo lo de la Kangoo es correcto, ¿por qué no se dice explícitamente todo esto en la sentencia?

Es más, la lógica también permite deducir que las otras dos personas que se bajan de la Kangoo también tuvieron que colocar bombas en los trenes. Porque en caso contrario ¿por qué no se llevaron la Kangoo de regreso en vez de abandonarla con pruebas?

No, la cosa tiene su miga. Es lo malo de querer hacer malabarismos. Yo lo que le entendí a GB es: “Mira, la actuación policial respecto de la Kangoo es correcta, pero como soy generoso no la tengo en cuenta en la sentencia porque no me hace falta”.

Enviado por belga197 el día 4 de Noviembre de 2007 a las 21:02 (#94)

 

 

 

La mochila de Bermúdez y cia, 9/10

M. A. Alvarez: “Quiere señalar especialmente que recuerda una bolsa de deportes de estilo antiguo …porque le llamó la atención a que en el momento en que la ve en la estación del Pozo cuando iba a ser introducida en un bolsón, coincidió que tuvieron que cambiar la bolsa porque ya no entraba en el bolsón por el tamaño y el peso, porque apreció en ella un peso que no se correspondía con los objetos y efectos que se estaban viendo en la labor que previamente se estaba realizando, de introducción de efectos en los bolsos de basura. Que el trabajador de Selur al intentar introducir la bolsa de deportes, al observar el peso excesivo de la misma decidió introducirla en un bolsón de basura vacío para no desgarrar o desprenderlo”.

Impresiona el parecido de la declaración del 79.046 con la de su jefe inmediato, M. A. Alvarez, aunque lo hiciera de manera incompleta (le faltó decir para una total concordancia que la bolsa fue lo último que se extrajo del bolsón grande)

Siempre me llamó la atención que la V.O. no echara mano del Inspector M. A. Alvarez para apuntalar en el Juicio el origen de la mochila de Vallecas. Seguramente no lo hicieron porque Alvarez estaba resentido por no habérsele otorgado las medallas de las que se consideraba justamente acreedor, y no se fiaban del mismo. Seguramente, también, porque su versión era absolutamente contradictoria y sospechaban que podría salir el tiro por la culata. Esto explica que la Acusación de Manjón, que era la única que lo había citado, declinara su comparecencia.

Enviado por Philidor el día 4 de Noviembre de 2007 a las 21:04 (#95)

 

 

 

La mochila de Bermúdez y cia, 10/10

Pero lo que no deja de resultar incomprensible (esperemos que no lo sea), si no lo han sacado de otro lugar en el Juicio Oral que se me escapa, es que el Tribunal recupere lo que falta del relato del Inspector segundo de Puente de Vallecas para dar más coherencia a la aparición de la mochila, y lo ponga en boca de quien no pronunció esas palabras.

En fin, para terminar me acojo a las certeras palabras de nuestro principal mentor, de Luis del Pino:

“Por ejemplo, imaginemos que el tribunal hubiera escrito: “Estas tres pruebas son ciertas porque a mí me da la gana”. ¿Sería eso una derrota? Evidentemente, no. Sería un trágala, pero nunca una derrota, porque nuestras tesis estarían muy lejos de haber sido refutadas.

Nuestras tesis habrán sido refutadas si el tribunal proporciona en la sentencia una argumentación razonable que permita descartar como irrelevantes los indicios de manipulación que nosotros hemos puesto sobre la mesa, ¿verdad?”

Un fuerte abrazo a todos
Philidor

Enviado por Philidor el día 4 de Noviembre de 2007 a las 21:06 (#96)

Serie de posts de Philidor, en el blog de Luis del Pino. Tiene continuación en “La mochila de Bermúdez y cía.

 

La mochila de Bermúdez, 1/8

De la lectura rápida que realicé el 31 por la noche me llamó enseguida la atención lo de la segunda mochila del vagón nº 2 del Pozo. Lookfor, con su agudeza y solvencia acostumbrada, lo detectó al momento, y también Belga, Filos60 y Lesconil (de lo que he podido ver porque no me ha dado tiempo a seguir todo el blog) se han hecho eco de esta patraña.

No sé qué tendrá la mochila de Vallecas que tiene la virtud de ser vista con mucha antelación (i.e.- la SER a la 1:09) en distintos escenarios de un manera que podríamos llamar “virtual”, porque nadie es capaz de dar una versión coherente y “real” de cómo apareció esta mochila.

En el caso de la versión de la sentencia, la exposición de los hechos probados es tan increíble que parece que los magistrados han decidido disputar y reclamar para sí la denominación y apellidos de la famosa bolchila, que ahora podríamos llamar “La mochila de Bermúdez”, arrebatándole a la SER la primicia de su aparición.

La primera trampa está en el comienzo de la frase: “ Otras cuatro bolsas o mochilas con explosivos fueron colocadas en el tren 21435”. ¿Cómo que 4 “bolsas o mochilas?. ¿Pero no hacía Ud., Señoría, preguntas muy concretas en el juicio para dilucidar, en cada caso, si se hablaba de galgos o de podencos? O son bolsas o son mochilas, pero, en fin, ya sabemos cuál es la nueva doctrina oficial de la Lengua Española: “llena” significa lo mismo que “vacía”. Veremos, sin embargo, que esta confusión expresada sin tapujos, no es nada inocente.

¿De dónde pueden sacar la conclusión de que había una segunda bolsa colocada en el vagón nº 2 que no explotó? . En el Sumario y en el Juicio, en relación a la estación del Pozo declararon los subinspectores Tedax 65.255 (Tedax Pablo), operador nº 1, el subinspector nº 54.868, y los P.N. números 83.322, 86.218 y 86.342. El único que no ve una mochila sino dos es el P.N. motorista83.322.

Enviado por Philidor el día 3 de Noviembre de 2007 a las 03:52 (#333)

 

 

 

La mochila de Bermúdez, 2/8

En el relato del 83.322 hay varias cosas para someterlas a un severo escrutinio. Dice que va primero a Atocha, que allí ayuda a sacar algún herido y a hacer alguna requisa, pero que su jefe le manda al Pozo, donde llega, con otros dos compañeros ¡sobre las 8.10!: “Pues yo calculo que unos 30 ó 40 minutos… a partir de las siete y media. O sea, las 8 y 10, ocho y cuarto serían”.
Aunque este P.N. era motorista me parece difícil estar en esos dos escenarios, haciendo lo que hizo, a esa velocidad. Pero el caso es que estuvo en el Pozo sobre esa hora, porque concuerda con la declaración de Barrero. Allí, lo primero que vio fueron dos mochilas: “… al entrar en el andén, pues observamos dos mochilas. Y nos dirigimos hacia ellas y una estaba totalmente cerrada, con lo cual no pudimos hacer nada más, ni mirar ni observarla más. Y la otra sí que me dirigí hacia ella y por arriba se veía, por la boca de la mochila, se veía un paquete, como he puesto en la comparecencia, un paquete, un paquete azul, como una bolsa azul, y un teléfono encima del que salían varios cables. A partir de ahí fue cuando ya procedimos a desalojar todo, empezamos a decirle a la gente que estaba auxiliando a las víctimas que, por favor, que salieran de los andenes, que había que acordonar la zona y que había una… un objeto sospechoso”.
De su relato, lo que más destaca es que no nombra para nada, en ningún momento, a Jacobo Barrero. Barrero declaró en el Juicio el día 19 de Abril, de 17:23 a 17:45. Hubo 15 minutos de receso y a las 18:15 entró en la sala el 83.322. Tuvo, no solo, que cruzarse con él. Debió coincidir con él desde la mañana esperando a ser citados por el juez.

Enviado por Philidor el día 3 de Noviembre de 2007 a las 03:56 (#335)

 

La mochila de Bermúdez, 3/8

Ahora escuchemos a Barrero:

Barrero, a preguntas de la fiscala: “Y bueno, el compañero y yo nos dirigimos a uno de los vagones que no había explosionado. Previamente le preguntamos al policía nacional, a un policía nacional que había allí que si habían inspeccionado ese vagón, por si podía haber alguna víctima, o algo y que no, dijo que no, que no tenía conocimiento.

Cuando sacó la mochila:

“MF: ¿A quién comunicó usted este hallazgo?
T: Bueno, pues se lo comuniqué, primeramente,al mismo policía nacional que nos habíamos entrevistado con él. Pues… a ese policía nacional se lo comuniqué para que llamara a los técnicos en explosivos. Y entre los dos dimos la voz de alarma, comuniqué por emisora central y… bueno, yo ya me retiré del lugar.”

Más adelante a la acusación Afectados del 11-M:

AA11MAT: Sí, con la venia. Dígame: ¿a qué hora, aproximadamente, entró usted en ese vagón? En el número 3.
T: Bien, pues si recibimos la llamada de emisora a las 8 de la mañana… aproximadamente, puede ser a las 8 y 10, 8 y cuarto, aproximadamente.
(…)
AA11MAT: ¿usted sabría decirnos si cuando llegaron fueron los primeros en entrar en ese vagón?
T: No, no fuimos… ¿En ese vagón donde yo encontré la mochila?
AA11MAT: Sí.
T: Según el policía nacional que estaba allí, policía nacional motorista, porque llevaba casco, pues eh… él dijo que no había entrado nadie y él desconocía si había algún herido ahí o no. Con lo cual, yo deduzco que no entró nadie.
(…)
AA11MAT: Cuando usted saca la mochila, decía usted que informó a un miembro de la policía nacional de que había dejado la mochila en ese lugar. ¿Eso es correcto?
T: Sí, es el mismo policía nacional…
AA11MAT: Es la misma persona, el motorista, ¿no?
T:Sí, se encontraba en el mismo sitio.

Enviado por Philidor el día 3 de Noviembre de 2007 a las 04:01 (#338)

 

 

Posteriormente, el abogado de la A11MAT le preguntó al 83.322:

“A11MAT: Sí, con la venia. Mire, ¿usted habló en algún momento con algún policía local que se encontraba en el andén, revisando los trenes?
T: No, yo recuerdo que… fuera, fuera del andén, una vez que estábamos acordonando, sí que hablamos con ellos.
A11MAT: ¿A usted alguien le notificó que habían encontrado una mochila en el tercer vagón del tren?
T: No, en esos momentos, no.
A11MAT: No hay más preguntas”

¿Cómo pudo ver el 83.322 la mochila de Barrero, si este todavía no había entrado en el tren?¿Pretendía el abogado de la Manjón dejar en evidencia a Barrero?¿Por qué? La versión del 83.322 resulta menos creíble que la de la Barrero, la persona que sacó la mochila del vagón nº 3 del Pozo. Además no coincide con la de nadie más. Pero tiene, entre otras cosas, una virtualidad añadida a la de hacer entrar en escena a la bolsa de Vallecas : contrarrestar la versión de Barrero sobre la fiambrera y afianzar la V.O. de la bolsita azul.

Por otro lado, si acordonó la zona y dice que le dijo a los Tedax, cuando llegaron, que había dos mochilas, estos deberían haberse hecho eco de ella. Pero ninguno dice nada. Por otro lado, si la hubiera habido, esta no podría haber sido la de Vallecas, porque los Tedax fueron explícitos al respecto:

Jamal ZOugham: ¿Les extrañó alguna mochila, alguna bolsa más, aparte de la que desactivaron?
65.255: Sí, claro, por supuesto… Hubo uno… muchos momentos que tuvimos que desalojar a los bomberos, porque al lado de los cadáveres nos encontrábamos eh… diferentes contenedores sospechosos y había que abrirlos. Se desalojaba a los bomberos, lo abríamos y se volvía a las tareas de rescate.
JZ: ¿Y encontraron alguna cosa más?
T: No.

Enviado por Philidor el día 3 de Noviembre de 2007 a las 04:04 (#339)

 

 

 

La mochila de Bermúdez, 5/8

Pero el 83.322 no se queda ahí, sino que, además, nos dice hasta la marca del telefono: “ Pues se veía como una bolsa azul de bas… las típicas bolsas de basura azul, de estas que son azul cielo, como un paquete envuelto con esa… y encima un teléfono. Además yo recuerdo que un teléfono así, Triumph (sic), de estos antiguos, Triumph que había, aplatanados, con forma de plátano.” Ese teléfono que el 65.255., el operador nº 1 que “desactivó” la mochila vio “boca abajo”.
A Abascal no se le escapó la pieza:
D Zougham: Con la venia de la Sala, la defensa de Jamal Zougham. ¿Se fijó usted si el teléfono ese antiguo que vieron estaba encendido o apagado?
T: Pues no. Apar… No. Es que… no se veía. No, o sea, no le puedo decir si estaba apagado o encendido. Yo… en ese momento, yo no estuve allí cinco minutos, mirando para… para lo que contenía el interior de la mochila. Simplemente eché un vistazo…
GB: Otra pregunta, señor letrado.
D Zougham: ¿Estaba… sabe usted si se fijó si estaba para arriba o para abajo?
T: ¿Perdón? ¿Me puede repetir la pregunta?
D Zougham: Que si el móvil, si la, si la… el cristal del móvil, donde vienen los números, etcétera, estaba para arriba, o sea, estaba para… de cara a usted o estaba boca abajo el móvil.
T: Yo creo que estaba boca arriba, pero tampoco se lo puedo de… se lo puedo concretar.
D Zougham: Ninguna pregunta más, señoría.

¿Quién podría decirnos que esta insulsas y contradictorias declaraciones de un motorista iban a servir para fundamentar los hechos probados de la mayor masacre de España?. Porque, si alguien no lo subsana, yo no he encontrado en ningún otro lugar ninguna descripción donde se hable de dos mochilas en los andenes de la estación del Pozo. Los Tedax, Pablo y el 54.869, hablan de una sola mochila. Los P.N. que acompañan al 83.322, el 86.218 y 86.342, en el Sumario (no declararon en Juicio) tampoco vieron dos mochilas.

Enviado por Philidor el día 3 de Noviembre de 2007 a las 04:11 (#340)

 

 

 

 

La mochila de Bermúdez, 6/8

En las preguntas de la fiscalía, curiosamente, hay un interés especial por situar esta segunda mochila (también la tuvo con la de Barrero). No puedo saberlo con certeza porque no puedo seguir bien los croquis del Pozo en Datadiar, pero mi impresión es que la sitúan hacia el vagón número dos. Bermúdez también se interesó por este extremo:
MF: Había otra.
T: Sí, había una anterior.
MF: Que es la que usted dice que estaba totalmente cerrada.
T: Sí, sí.
GB: ¿A la derecha o a la izquierda de la que aparece en el dibujo?
T: A la izquierda de la que aparece.
GB: O sea, más cerca…
T: De la entrada.
GB: …de la cubierta de la estación, ¿verdad?
T: Sí.
GB: Gracias. Sala.

Llegados a este punto retomemos el relato de hechos probados de la sentencia: “Las otras dos, dejadas en los pisos inferiores de los vagones segundo y tercero, no llegaron a explosionar, siendo una neutralizada en la estación y la otra desactivada en el parque Azorín de Vallecas por los especialistas de explosivos de la policía.“

Y más adelante: “Tras sacarla y colocarla encima de los asientos vio en su interior lo que le pareció una fiambrera de forma redondeada –del tamaño de un plato- de la que salían varios cables de color rojo y negro y, encima de estos, un teléfono móvil de color oscuro. Al sospechar que fuese un artefacto explosivo la trasladó al andén y la colocó al lado de una papelera próxima al muro de la estación, tras lo que se lo comunicó a un policía nacional para que avisara a los técnicos en desactivación de explosivos.
En el andén, próxima a esta mochila, había también otra bolsa oscura, ésta totalmente cerrada.”

La ambigüedad calculada de la frase, “había”, como para no pillarse los dedos, apunta a que esa bolsa era la otra que no explotó, la del vagón nº 2, posteriormente de Vallecas. Y está claro que está describiendo a la mochila inverosímil del motorista 83.322.

Enviado por Philidor el día 3 de Noviembre de 2007 a las 04:16 (#343)

 

 

 

La mochila de Bermúdez, 7/8

Sobre el color declaró el 83.322:

Isabel González Picos: Sí, sí, señoría, con la venia, excelentísimo señor. Para hacer dos preguntas: la otra mochila, la que no estaba abierta, ¿usted recuerda de qué color era?
83.322: Pues no le puedo decir exactamente de qué color era. Sé que… yo sé que…era, yo creo que era oscura, color oscuro, pero no le puedo decir el color.

Pero los magistrados dicen “otra bolsa oscura”. Al lado de una mochila no “una bolsa oscura”, sino “otra bolsa”, dando ya por santificada la identidad entre bolsas y mochilas. Y lo entendemos perfectamente bien. Porque el 83.322, en este punto concreto, no había sido instruido en el new-language de las identidades de los contrarios, y sí diferenció, con gran exactitud, la mochila en cuestión:

Ministerio Fiscal: ¿Era una mochila o era una bolsa?
T: No, era una mochila.
MF: Era una mochila.
T: Sí.
MF: ¿La parte de arriba estaba abierta?
T: No… o sea, se veía un hueco. Un pequeño hueco. Abierta no estaba.
MF: ¿La abrió usted?
T: No, no, no.
MF: No.
T: No.

Y al abogado de Isabel G. Picos: “Era de las mochilas normales, recuerdo. No… tipo saco. O sea, una mochila que tiene tapa. O sea, yo las diferencio en que unas de tipo… bolsa, como de tipo bolso, y otras que son las normales, que tienen su tapita y sus cremalleras.”

O sea, una mochila de las normales, de las de siempre, con su “tapita” y su canesú.

Enviado por Philidor el día 3 de Noviembre de 2007 a las 04:20 (#344)

 

 

 

 

La mochila de Bermúdez, 8/8

Y entonces, no tenemos más remedio que hacer las preguntas del millón: Señorías, cuando hablan de la bolsa colocada en el vagón nº 2 del Pozo, aparecida en Vallecas y desactivada en Parque Azorín: ¿se refieren Uds. a la mochila cerrada de color oscuro que sólo vio el P.N. motorista nº 83.322? Si es así y estaba cerrada, ¿cómo saben qué contenía, si no se abrió?¿Cómo saben que es esa la que se llevó a Vallecas?¿En qué vehículo?¿Cómo se transformó en bolsa, antes de ser bendecida por la nueva doctrina de las identidades de los contrarios?¿Por medio de qué extraña inferencia concluyen que esa mochila se colocó en el vagón nº 2?

¿Qué silogismo van a utilizar ahora para demostrar que la mochila del motorista es la de Vallecas? Porque Señorías, la ruptura de la custodia no quiere decir que se de por buena la existencia de la bolchila. Lo que eso quiere decir es que no se puede demostrar que “si” la custodia no fue correcta que la hipotética bolchila viniera del Pozo. Ni más ni menos. Eso no está reñido, sino todo lo contrario, con la eventualidad de que la bolchila fuera colocada ex-profeso en Vallecas.

Pero, en fin. A lo mejor se nos ha escapado algo, y sus Señorías tienen otras piezas de convicción, o como se diga, que no soy perito en leyes, que justifiquen sus hechos probados. Pero si no es así, si la bolsa de Vallecas es la mochila del motorista, entonces solo les podemos decir: ¡Señorías, háganselo ver!

Vergüenza y oprobio para las Víctimas.

Desde París, sin poder todavía actualizarme con vuestros impresionantes comentarios y análisis, os mando un fuerte abrazo.
Philidor

P.D.- llevaré esta serie, como siempre, al foro de investigación.

Enviado por Philidor el día 3 de Noviembre de 2007 a las 04:24 (#345)

 

 

Luis del Pino, [artículo en El Mundo —>>] que se ha estudiado la sentencia a mayor velocidad que uno, confirma lo que se podía sospechar desde el primer momento. Este párrafo de gloria, base de toda la sentencia, que a todos nos sobrecogió, no hay por donde agarrarlo:

«Sarhane Ben Abdelmajid Fakhet, Jamal Ahmidan, alias ‘El Chino’, Mohamed Oulad Akcha, Rachid Oulad Akcha, Abdennabi Kounjaa, Asrih Rifaat Anouar, Allekema Lamari y una octava persona que no ha sido identificada, junto con otras que se dirán, en la mañana del día 11 de marzo de 2004 colocaron, en cuatro trenes de la red de cercanías de Madrid, 13 artilugios explosivos».

Lo primero, ¿que más sabemos del octavo pasajero? Nada. No hay más menciones a él en toda la sentencia. Y lo segundo, ¿quien son las “otras (personas) que luego se dirán”? Jamal y Zougam. O sea, Jamal Zougam. O sea, que las otras personas son una persona llamada Jamal Zougam.

Y lo principal, ¿como se llega a probar que los siete de Leganés, y el octavo pasajero, estuvieron en los trenes poniendo bombas? De ninguna de las maneras. No hay nada en la sentencia que sitúe a los de Leganés en los trenes. Y tampoco había nada en el sumario, salvo un reconocimiento de Alekema Lamari. Vale, uno de siete. ¿Y los otros seis? ¿No podían ser, por ejemplo, ayudantes, organizadores, simples visitantes, cualquier cosa, incluso cosas muy malas y peligrosas, pero no necesariamente colocadores de bombas? Pues al parecer no.

- ¿Y por que?
- Ah, a saber.
- ¿Pero no es un hecho probado?
- Pues sí, es el primero en la lista de hechos probados, pero, por lo que a nosotros se nos alcanza y podemos comprobar, los hechos probados no necesitan más prueba que su propio enunciado.
- ¡No me lo creo!
- Pues mira, lo tienes muy fácil. Te descargas la sentencia, [ [hechos probados pdf —>>] [Fundamentos y fallo pdf —>>], y en esos PDFs vas buscando las veces que aparece cada uno de los siete de Leganés, y ves con respecto a qué se le cita. Por ejemplo, Jamal Ahmidan El Chino aparece citado 129 veces (el que más con diferencia). Pero en todas ellas es para hablarnos de Asturias, la compra de explosivos, la casa de Morata, Leganés, y los diversos documentos suyos aparecidos en Leganés o en su casa. Pero ni una sola vez, ni una sola, para relacionarlo de la forma que sea con las estaciones, las explosiones o los trenes. Más abajo hay un ejemplo más fácil de seguir, el de Rifaat Anouar.

Sigamos. Aceptemos, por ejemplo, que el Chino fuera el financiador del asunto, y el encargado de conseguir los explosivos, y hasta de montar las bombas. Muy bien. En ese caso hubiera aparecido en los alrededores de los atentados tantas veces como aparece, y en perfectamente similares circunstancias. Pero eso no demuestra que estuviera en los trenes poniendo bombas. Sin embargo, la sentencia dice que sí. Seis veces, porque lo dice del Chino, y de otros cinco. Pongamos que la historia del reconocimiento chungo de Lamari sea “prueba” suficiente. Pero, ¿y que pasa con los otros seis?

No se trata de discutir por discutir. Haced la prueba que os digo. Por ejemplo Anouar. 16 apariciones en toda la sentencia. Ninguna que lo relacione con los trenes o la colocación de bombas. O Kounjaa. Ni siquiera en su supuesto testamentohabla de los trenes. Todo lo que dice, vaya por dios, es que se ha “unido al camino de la yihad”, pero no dice como. Pero para la sentencia es un hecho probado que ambos pillaron una mochila con bomba dentro, el día 11 de marzo de 2004, y la dejaron en algún vagón inespecificado que hicieron estallar. Y olé.

Los jueces hubieran podido decir que consideran un hecho probado que los muertos de Leganés formaban parte de un grupo terrorista que cometió los atentados del 11-M. Pero que ante la falta de confesiones, y de otras pruebas, no puede saber quien de ellos, si alguno, estuvo en las estaciones transportando y colocando las bombas. Y que por tanto el único del que les consta la presencia en el lugar de los hechos es Zougam. Manda huevos lo de Zougam, pero el argumento es al menos sostenible. Pero no. No han hecho eso. Han decidido meterse en el jardín de dar por probado lo que luego no se molestan, no ya en probar, sino ni tan siquiera mencionar. Ellos sabrán por que.

Así que, si no nos conformamos con una prueba cuyo único mecanismo que veamos es su propio enunciado, hemos de decir que a la pregunta de ¿quien cometió los atentados? la única respuesta que conocemos es: Jamal Zougam. Ni siquiera nos creemos eso, pero eso es otro cantar. Y a la pregunta de ¿quien pensó/organizó/decidió los atentados?, la única respuesta es, NPI. Pero casi todo el mundo está muy contento, ya sabemos todo lo que hay que saber.

Estupendo. Pero para enfriar el baile de alegría y contento que nos invade, y para intentar que exista la posibilidad de que alguna vez no enteremos de algo, pregunto: ¿y que hay del octavo pasajero? Es un hecho probado, según la sentencia. Es de suponer que la policía estará buscándole, o al menos se pondrá inmediatamente a ello, ¿eh Rubalcaba? Así que menos satisfacción, menos coces a la oposición, menos gracias de “repita conmigo”, Rubi, y repite en cambio tú con nosotros:

Tengo que encontrar al octavo pasajero.

Y de paso, si no te importa, al resto de la banda. Y, ya por pedir, nos averiguas de quien fue la idea y quien tomo la decisión y eligió la fecha. Porque queremos saber. ¿Te suena? (more…)

Imaginad que hay una banda de atracadores muy violentos en Madrid, cometiendo atracos con muchos asesinatos, y gran alarma pública. Y que al final el gobierno dice que los han detenido, y juzgado, y que todos tranquilos.

Pueblo: - ¿Eh, oiga, pero al final como ha sido la cosa? ¿A quien han detenido, quien formaba parte de la banda, quien pensó los atracos, quien los dirigía, como los llevaron a cabo?

Estado de derecho: - Ni puta idea, ché. Hemos detenido al que conducía y al que les vendió las pistolas, que no sabemos si son las mismas pistolas, pero que seguro que se las vendió el tío este.

Pueblo: - Pero bueno, ¿y el resto de la banda qué? ¿Quien lo pepetró? ¿Quien lo pensó? ¿Quien lo preparó? ¿Como sabes que no van a formar otra banda, y a volver a las mismas?

Estado de derecho: -¡Ah, pues pensamos que no! Porque creemos que unos tíos que dicen que se suicidaron en un piso de Leganés, al contrario de lo que hacen los islamistas, que acostumbran a morir matando, cremos, digo, que los suicidas son precisamente esos que faltan y por los que estás preguntando.

Pueblo: -¡No jodas!, ¿y eso como lo sabes?

Estado de derecho: -Pues porque eso dice la poli, y como ellos están muertos, no pueden decir que no.

Añadir que no pienso que los jueces hayan hecho nada raro, ni tenido en cuenta cosas que no debieran, ni sufrido influencias de ningún tipo. Al contrario, da la impresión de que lo que ha resultado de este juicio, es lo que suele ocurrir en la mayor parte de las ocasiones. Lo que pasa es que normalmente no nos enteramos, porque los juicios penales sobre el hampa menor no suelen estar en el foco informativo. Y lo que ha ocurrido esta vez es sencillamente lo normal, con la única diferencia de que esta vez todos estábamos mirando. Y vemos como tres pringados se llevan casi todo el pastel, y luego muchas penas menores que no se sabe que relación tienen con el 11-M. ¿Colaboración o pertenencia a banda armada? ¡Cojonudo! ¿Que banda? ¿Que hechos de armas, o proyectos de hechos de armas, ha perpetrado la tal banda? Aaahhhh.

En todo caso habrá que bucear un poco en los entresijos del razonamiento de la sentencia, porque así, en un primer vistazo, no es tan fácil discernir qué nos lleva a no admitir las pruebas contra El Egipcio, -el último al que la fiscalía le cogaba el sanbenito de ser el “cerebro”, y sí nos lleva a admitir las pruebas contra Zougam. De acuerdo, las pruebas contra uno eran de coña, pero, ¿y las otras? ¿De verdad que ha sido por escoger alguno entre muchos reconocimientos contradictorios? Sabemos que hubo reconocimientos de etarras. Un reconocimiento de un desconocido de otra raza, y al paso en un tren, es una broma demasiado macabra como para permitir que tenga peso real en un juicio penal. Y si encima nos permitimos decir -este reconocimiento me vale, porque cuadra, y este no, porque no cuadra-, pues apaga y vámonos.

Si es que además hemos tenido en este juicio la más palmaria demostración de la chapuza que son esos reconocimiento. Con Basel Galyoun. Reconocido sin la menor duda en uno de los trenes, por una testigo de la acusación. Lo que le hacía ser autor material de los atentados, pero autor, autor, sin resquicio de duda. Y resulta que en el juicio la testigo nos cuenta que, lo siente mucho, pero es que da la casualidad de que poco antes de venir a declarar ha comprado un libro sobre el 11-M, donde sale la foto de un pollo que fué investigado los primeros días, y resulta que ese pollo es definitivamente el tío que ella vió en el tren. Se parece a Basel, que le vamos a hacer, pero ahora está segura, 100%, que no es Basel el que ella vió, sino el otro pollo que ahora dice. Reconocimientos de desconocidos al paso. Pero resulta que si esa señora no se compra ese libro cuando lo compró, a Basel Galyoun le habrían caído 30.000 años en vez de doce. En vez de 12 años por colaborar con una banda que de momento no he conseguido averiguar qué banda es, ni qué delitos ha cometido. Lo estudiaré. Pero el ejemplo del reconocimiento ahí está, y ha quedado transcrito. Pues parece que lo de Zougam es un reconocimiento (entre varios otros contradictorios con él), que no tiene por que valer ni más, ni menos, que el de Galyoun.

Pero como digo. Estoy seguro que nada fuera de lo normal. No siquiera fuera de lo normal para “Superber”, porque, tirando de memoria, en su último gran juicio por terrorismo “islámico”, el de Abú Dadá y los cuarenta de Al-Qaeda, el supremo ha declarado inocentes a la inmensa mayoría de los condenados por él. Casi todos. Algo así como veinte liberados, y solo dos mantenidos como culpables, pero encima con las penas muy rebajadas. Creo que eso se llama “verdad judicial”, y debe ser algo que tiene una relación con la verdad, digamos que un tanto “peculiar”.

Nota / ejemplo: La noticia en el New York Times [—>>]:

MADRID, Oct. 31 — The National Court on Wednesday convicted three men of murdering 191 people and wounding more than 1,800 in the 2004 Madrid bombings. But three other men, who were accused of being the organizers, were found not guilty of direct involvement in the attacks, the most deadly carried out by Islamic radicals on European soil.

Resumen del resumen: 13 bombas, 11 autores materiales (contando los 8 suicidas), ningún cerebro, ninguna preparacion conocida, ningún cursillo de bombas conocido, ningún experto terrorista por los alrededores. Solo montones y montones de chivatos policiales. Pero le llamamos islamista. ¿Y por qué no “asturianista”, “magrebista”. “yonkista”, “juerguista”, o “confidentista”?

Coda (que diría Arcadi): Por lo menos en el caso de “los cuatro de Guilford” [—>>], Scotland Yard tenía la confesión de Giuseppe Conlon. Falsa, sacada a hostias, pero confesión firmada al fin y al cabo. Aquí ni siquiera tenemos eso.

Y remate. ¿En que andan los de la versión oficial? Atacando a los conspiranóicos, claro, a la prensa insumisa, y al PP, faltaría más. Pero ¿que dicen de la sentencia, que dicen del 11-M? Que todo está muy claro, como siempre lo ha estado. Pero fijémonos por favor en qué es lo que está claro, por ejemplo segúnel editorial de El País al respecto [—>>]:

Ha quedado meridianamente claro quiénes fueron los autores de la masacre, la procedencia y la clase de explosivos que utilizaron y el modo en que se financiaron.

Esto es todo lo que tiene que decir El País sobre el 11-M. Lo demás es sobre El Mundo, sobre “la cadena de los obispos”, sobre el PP, y sobre su puta madre en el trampolín de la muerte.

Han quedado claros los autores. Los muertos como no, y dos de la pecera. Suman diez. Bombas había trece. Diez que estallaron, dos que hicieron estallar los tedax, y la de Vallecas. Ah, pero nos conformamos con 10 autores materiales. ¿Por qué? ¿Por qué sabemos que no eran menos, o más? No se sabe. Los jueces no dicen que lo sepan. Pero El País ya sabe todo lo que necesita saber.

La procedencia y la clase de explosivos. No insistiremos en este salto mortal.

Y el modo en que se financiaron. Sí. Por ejemplo Zuogam, condenado como autor material, ponedor de bombas, les cobrá a sus colegas de atentados las tarjetas de teléfono que no hacían falta pero que usaron. O sea que Zougam no colaboró a financiar su propio atentado, sino que se financiaba él personalmente con el atentado. Aquí solo apoquinaba El Chino, que para eso era un esforzado vendedor de drogas y que, naturalmente, ponía el producto de su trabajo para financiar la yihad de los demás. Lo normal. Los camellos como finacieros de la yihad. Nada del dinero habitual de las sociedades religiosas de ayuda, nada de los tentáculos saudíes de ayuda a las viudas de los mártires, nada de nada. El cuento del Chino y se acabó. Todo lo que El País necesita.

¿Y quien decidió que iba a ser en los trenes y no en los autobuses o aviones? ¿Y la fecha? ¿Como se prepararon? ¿Acaso fueron ese día en busca de trenes al buen tuntún, y fueron poniendo las bombas según se les ocurrió improvisar en ese momento, sin siquiera saber si la bomba del compañero les iba a fastidiar la suya propia? ¿Quien de ellos sabía conectar las bombas a los teléfonos? ¿Como dices, Cebrián, que no te he oído? ¿Y quien era el que sabía montarlas, o el que decidió que 10 kilos, y no dos? ¿Por qué? ¿Y ese montador de bombas, está entre los muertos, o está suelto por ahí, esperando otra oportunidad? ¿Como llegaron a los trenes? ¿Hubo chóferes, o es que los coches aún están en las estaciones? ¿Y si hubo chóferes, les están buscando, o qué?

Nada. Podemos seguir , pero, ¿para qué? Todo eso a El País no le interesa. Ni al ZoPenco, ni al ABC, ni a las televisiones. Pues que bien.

°¿°

De El Mundo:

TRIBUNA LIBRE
JESUS SANTAELLA

La doctrina de la cadena de custodia en la sentencia del 11-M

La verdad material para el humano de a pie -que es para y por quien existe el Derecho-, no la verdad filosófica, significa dar cumplida respuesta al qué, quién, dónde, cuándo, cómo y por qué, al igual que en el periodismo clásico. En el caso del 11-M, el qué, el cuándo y el dónde lo supimos todos aquel fatídico día de 2004. La sentencia recientemente dictada sobre el caso no ha podido agotar el quién, ni ha establecido el por qué, pero sí ha señalado a algunos autores materiales y ha establecido aparentemente cómo se produjeron los hechos. ¿Lo ha hecho, además, con respeto a todas las garantías? Eso, sin duda, lo dirán en su día el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, a donde llegarán, con total seguridad, los pertinentes recursos. En ese sentido, uno de los motivos que tal vez se aduzca es el relativo a la misma nulidad de parte de la investigación y de la prueba de cargo esencialmente fundamentadora de algunas condenas, a lo que la sentencia dedica una atención preferente en sus páginas 499 a 545 en lo relativo a la llamada «mochila de Vallecas» y a los objetos de la furgoneta Kangoo, en tanto que «piezas de convicción», en respuesta a alegaciones de parte.

En el caso, la mochila con teléfono móvil y artilugio explosivo sin estallar, totalmente cerrada, procedente de la estación de El Pozo y sobrevenidamente aparecida en torno a las 1.30 horas del 12 de marzo en la comisaría madrileña de Puente de Vallecas -luego de haber sido trasladada desde la estación origen a dicha comisaría, desde ella hasta la de Villa de Vallecas y de allí, nuevamente, a Puente de Vallecas para a continuación viajar a Ifema, desde donde retorna a Puente de Vallecas-, se erige en fuente de información esencial para la investigación y, por lo mismo, en prueba de cargo esencial para las condenas -Vid. páginas 181 a 189 de la sentencia-.

Así, el examen del teléfono móvil allí encontrado sirve, primero, para localizar la partida de los nueve terminales vendidos por Bazar Top entre el 3 y el 8 de marzo «a uno de los miembros del grupo terrorista que no ha sido suficientemente identificado» y encendidos entre los días 10 y 11 en Morata, donde estaba la finca alquilada por Jamal Ahmidan, sin que después del 11 hayan tenido actividad, «pues fueron usados para temporizar y alimentar otras tantas bombas» -sic-. La tarjeta del mismo teléfono sirve, a continuación, para localizar el paquete de 30 vendidas por la tienda de Jamal Zougam, cinco de las cuales fueron conectadas a aquellos teléfonos vendidos por Bazar Top entre los días 3 y 8 de marzo; otra por los individuos que se suicidaron en Leganés y otra por Zougam.

Además, el detonador allí encontrado era idéntico a dos de los que aparecieron en la furgoneta Kangoo y a los que se localizaron en la finca de Chinchón y en el desescombro de la calle Martín Gaite de Leganés. En la furgoneta, por su parte, se hallaron, además de los detonadores, diversos objetos -Vid. páginas 177 a 181 de la sentencia-.

Además, y aunque en el relato de hechos probados de la sentencia nada se dice sobre ello -Vid. páginas 204 y siguientes-, lo cierto es que el teléfono aparecido en la «mochila de Vallecas» tuvo otra virtualidad adicional decisiva. Fue el origen del descubrimiento del piso de Leganés el 3 de abril de 2004, según declaró de forma muy detallada el comisario Gómez Menor -así identifica la sentencia al testigo que depuso de forma protegida con el número 14.620 el 3 de mayo pasado-, piso en el que en aquella fecha, y luego del dispositivo policial así originado, se suicidaron los que la misma sentencia considera autores materiales del atentado y en cuyos escombros se encontraron restos utilizados como nuevas piezas de convicción.

La declaración de ese policía, que incurre, sin embargo, en un flagrante error al pretender justificar su presencia en Madrid en marzo del 2004 «para preparar el juicio de la célula de Abu Dahdah» (sumario que sólo concluiría en julio de 2004 y cuyo juicio se señaló en febrero de 2005 para… el mes de abril siguiente, bajo la presidencia también de Gómez Bermúdez), puede consultarse en www.datadiar.tv y confirmar allí cómo y hasta qué extremo la «mochila de Vallecas» y la extraordinaria perspicacia y memoria del policía -en ese caso, sí, al detectar, luego de un simple vistazo en la lista de las 30 tarjetas de Zougam, un número secuencialmente relacionado en 12 dígitos con otro investigado por él años atrás- sirvieron para conducir la investigación hasta Leganés con el resultado conocido por todos.

Pues bien, la sentencia considera «real y válida» esta concreta prueba, sin otorgar trascendencia a la «deficiente documentación del hallazgo del explosivo en la comisaría de Puente de Vallecas» o a las denominadas por las partes «relevantes irregularidades en la cadena de custodia» -luego de lo que se califica como «extravagante periplo de los efectos»-, también aplicables a la furgoneta, vacía para unos y con 60 objetos para otros. Y ello porque los objetos existen y son auténticos, sin que se haya acreditado por las partes su falsedad, y porque las deficiencias advertidas en la cadena de custodia pueden subsanarse mediante el contraste de tales objetos con otros similares, aunque algunos destruidos, aparecidos en el lugar de los hechos, en la misma furgoneta, en Morata y en Leganés, según testimonios policiales -Vid. páginas 514 y siguientes-, así como, en el caso específico de la mochila por el carácter «casual y no previsto» del hallazgo en el inventario de objetos y efectos de las víctimas.

Lo suscitado por las partes era la ausencia de legitimidad de tales piezas de convicción en la medida en que no se habían respetado en su unión al procedimiento las normas procesales -artículos 282 y ss. y 334 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Criminal-, que asegurasen, en origen, su autenticidad y, sobre todo, el lugar donde fueron halladas, mediante los oportunos y fidedignos inventarios. En otras palabras, se planteaba la duda sobre si tales pruebas no eran sino medios «prefabricados» para teledirigir la investigación en una línea no necesariamente coincidente con la total verdad de lo ocurrido. No se alegaba tanto la falsedad de la prueba, como la ilegitimidad en su obtención, basado ello en la ausencia de certeza en orden a la regularidad de su presencia procesal, con el consiguiente efecto de nulidad de todo lo derivado de ello por aplicación de la doctrina de los frutos del árbol envenenado.

En materia de incautación de efectos en registros, el artículo 574 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal exige que los libros y papeles incautados como piezas de convicción sean «foliados, sellados y rubricados en todas sus hojas por el juez, el secretario, el interesado o los que hagan sus veces y por las demás personas que hayan asistido al registro», como garantía de autenticidad del legítimo origen de la prueba. El 336 exige para las piezas de convicción que se extienda diligencia comprensiva del lugar, tiempo y ocasión en que se encontraran, describiéndolos minuciosamente para que se pueda formar una idea global de los mismos y de las circunstancias de su hallazgo, debiendo acordarse su conservación o envío «al organismo adecuado para su depósito», según el 338.

En el caso, al menos en un primer instante, nada de ello se cumplió en ambos supuestos. ¿Significa ello que la prueba así ingresada en el sumario no lo ha hecho con plena validez y eficacia? En mi modesta opinión, la forma en que una prueba aparece documentada, con ocasión de su unión al sumario -que es objetivamente el problema suscitado-, no tiene nada que ver con el origen legítimo o ilegítimo de la misma en función de la eventual violación de un derecho fundamental en su obtención -artículo 11.1, LOPJ-, ni, a su vez, con su perjuicio sobrevenido derivado de una ruptura de las garantías propias de la «cadena de custodia» que afecte a su integridad y/o autenticidad.

Las cintas con el contenido de unas interceptaciones telefónicas pueden unirse junto con su transcripción bajo fe pública judicial, lo que garantiza su total autenticidad, y, al mismo tiempo, carecer de la oportuna cobertura judicial lo que determina su radical invalidez. En el caso de soportes informáticos intervenidos judicialmente, la salida de los mismos del control de la Secretaría judicial sin la oportuna constancia de contenidos provoca su inutilidad probatoria posterior. El Tribunal Constitucional, en alguna ocasión concreta -Auto 349/88-, ha restado relevancia constitucional a la omisión en diligencia de entrada y registro de los deberes formales del artículo 574 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ello, sin embargo, no priva de algún tipo de consecuencia a la circunstancia de omitirse el formalismo legal exigido, desde el mismo instante en que aparezca una pieza de convicción, para que goce de tal consideración y, muy en particular, de su consiguiente relevancia probatoria.

En el caso concreto de la «mochila de Vallecas», cuya existencia cierta es indubitada, su relevancia probatoria sería distinta -a la luz de la trascendencia que ha tenido para la condena-, según que, efectivamente, hubiese sido indubitadamente encontrada en los restos del vagón en la Estación de El Pozo, sin explosionar y allí mismo descrita, inventariada y fotografiada sin sombra de duda alguna, a haber sido, casual o por persona desconocida, oportunamente preservada en su integridad contra todo tipo de trasiegos y adecuadamente puesta a disposición de la autoridad policial para su artificiosa desactivación, sin presencia ni autorización judicial, y posterior unión a la causa para desplegar sus efectos imputativos.

La sentencia que comentamos en este aspecto resuelve el problema otorgando plena eficacia a la prueba a la que considera auténtica y válida pero lo hace, además, otorgándole el carácter de pieza de convicción original, al establecer que la encontrada en la comisaría de Puente de Vallecas el día 12 de marzo, a las 1.30 horas, es la misma bolsa que alguien innominado dijo ver, completamente cerrada en un andén de la estación de El Pozo -sin que fuera vista por quienes recorrieron hasta tres veces el tren y corroboró Sánchez Manzano-, ya que, al final, su contenido es similar al visual de otras bolsas explosionadas por la Policía en Atocha y en el mismo Pozo.

Y aquí es donde la sentencia realiza, a mi entender, un salto argumental quizá discutible ya que, para dotar a la mochila de tal condición de pieza de convicción localizada en el mismo lugar de los hechos, desvaloriza el incumplimiento de los deberes formales de constancia e inventario en el momento inicial de su hallazgo, ningunea las consecuencias de su «extravagante periplo» y tiene que realizar un considerable esfuerzo para encontrar elementos de semejanza entre unas bolsas y otras al objeto de terminar por concluir en su total identidad -color azul traslúcido de una bolsa de basura en todos los casos y existencia de un teléfono móvil en dos de los tres, con referencia al testimonio de diversos policias-. En resumen, la sentencia así argumentada trata de ganar solidez para fundamentar la condena al apoyarse en un efecto presuntamente aparecido en el lugar del delito cuando no existe plena certeza sobre ello.

Evidentemente, las circunstancias de un atentado terrorista de las características del 11-M no son las idóneas para favorecer el sosiego y la pulcritud que debe exigirse al trabajo de toda Policía Científica, mediante el acordonamiento de la zona y la preservación e inventario puntual, fiel e inmediato de todos los restos. Pero comprender las dificultades acaecidas en la jornada no puede hacer ignorar las consecuencias de ello derivadas en orden al momento y condiciones en que unas pruebas entran en la llamada «cadena legítima de custodia», lo cual sólo sucede cuando existe, entonces y no a posteriori, plena constancia de su ser y no de su posible exisitir.

En otras palabras, es muy discutible el efecto retroactivo del inventario de la «mochila de Vallecas», realizado luego de la desactivación practicada en Parque Azorín, tal y como se razona en la sentencia, pero ello desde la perspectiva de su fundamentación y no desde la óptica de la legitimidad de la prueba a la luz de la información existente al día de hoy, con todas las consecuencias que ello implica en orden a la consistencia y suficiencia argumentativa de las condenas.

Jesús Santaella es abogado.